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LA EDAD MÁXIMA PARA PRESENTARSE A LA OPOSICIÓN AL CUERPO DE INGENIEROS DEL EJÉRCITO

La Resolución 452/38053/2015, de 20 de mayo, por la que se convocaba el proceso de selección para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros de los Ejércitos, establecía como requisito general para ser admitido en el proceso de selección, no cumplir ni haber cumplido en el año 2015, las siguientes edades máximas:

- 31 años para el ingreso directo.

- 40 años para la promoción con cambio de escala o de cuerpo.

Esta disposición, así como las convocatorias anteriores, es contraria a los intereses de muchos ingenieros que desean opositar al Cuerpo de Ingenieros del Ejército y contraria al principio de igualdad establecido en la Constitución Española.

Recientemente, la STS de 1 de febrero de 2016, declara nulo el artículo 18.3.b del Real Decreto 597/2002 que fija como requisito para el ingreso en los centros docentes de formación del Cuerpo de la Guardia Civil, no tener cumplida ni cumplir, dentro del año en que se publique la correspondiente convocatoria, la edad de treinta y tres años.

Esta sentencia, se suma a muchas otras que declaran nulos preceptos similares. Así, a modo de ejemplo, enunciamos las siguientes:

-Sentencia del Tribunal Supremo, de 21 de marzo de 2011, recaída en el Recurso 626/2009, anulando dos acuerdos del Consejo de Ministros y una Resolución de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, procediendo asimismo a la anulación del límite de edad contenido en elReal Decreto 614/1995, y reconociendo que el límite de edad impugnado (que de siempre se ha exigido en el Cuerpo Nacional de Policía) constituye discriminación.

- Sentencia del Tribunal Supremo, de 21 de marzo de 2011, recaída en el Recurso 184/2008, anulando otro acuerdo del Consejo de Ministros y otras dos Resoluciones de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, procediendo asimismo a reiterar la anulación del límite de edad contenido en el Real Decreto 614/1995, y reconociendo nuevamente que el límite de edad impugnado constituye discriminación.

Por ello, animamos a los ingenieros opositores que superen la edad máxima permitida para opositar, a iniciar el procedimiento correspondiente para conseguir que se declare nulo y discriminatorio el límite de edad.


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